Abogados Seguridad Social

Especialistas en Impugnación de Altas Médicas

Abogados especialistas en Impugnación de Altas Médicas

Reclamamos altas prematuras del INSS, mutuas o servicios públicos de salud. Conseguimos la nulidad y reanudación de tu incapacidad temporal

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¿Qué es la Impugnación de Altas Médicas?

La impugnación de altas médicas es un procedimiento legal para reclamar cuando el INSS, una mutua colaboradora con la Seguridad Social o el servicio público de salud te da el alta médica de forma prematura, sin que te hayas recuperado realmente de tu enfermedad o lesión.

En nuestro despacho, con más de 15 años de experiencia en Derecho de la Seguridad Social, defendemos a los trabajadores que reciben altas improcedentes, consiguiendo la nulidad del alta y la reanudación del proceso de incapacidad temporal (baja médica), tanto en Granada como en el resto de España.

🎯 Nuestro compromiso: Si te dan el alta sin estar recuperado, luchamos para que revoquen esa decisión y recuperes tu baja médica y el subsidio correspondiente.

Tipos de altas médicas que podemos impugnar

Alta por mejoría que permite trabajar

El médico del INSS o mutua considera que estás recuperado para tu trabajo habitual, aunque tú aún tengas síntomas o limitaciones.

La más frecuente

Alta por curación sin secuelas

Se declara que has sanado completamente, pero persisten secuelas que afectan tu capacidad laboral.

Puede derivar en incapacidad permanente

Alta por transcurso de plazo máximo

Se te da el alta porque se ha alcanzado el límite de 365 días de IT prorrogables, sin una valoración real de tu estado.

Plazo: 12-18 meses máximo

Alta por incomparecencia injustificada

Te dan el alta porque no acudiste a una revisión médica, aunque tuvieras causa justificada.

Se puede revocar con justificación

¿Quién puede darte el alta médica?

  • Servicio Público de Salud (SAS en Andalucía): Médicos de atención primaria o especialistas.
  • INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Médicos inspectores del EVI.
  • Mutuas colaboradoras: Para contingencias profesionales (accidente laboral o enfermedad profesional).
⚠️ Importante: El procedimiento para impugnar varía según quién haya dado el alta. Nosotros te guiamos en cada caso.

Plazos para impugnar un alta médica

4 días

Para solicitar informe médico detallado del alta (fundamentación)

15 días

Para presentar reclamación previa ante el INSS o mutua

30 días

Para interponer demanda en el Juzgado de lo Social si se deniega la reclamación

⏰ ¡Atención! Los plazos son muy cortos. Si no actúas rápido, puedes perder el derecho a impugnar el alta.

Procedimiento para impugnar un alta médica

1

Solicitar informe médico

Pedimos por escrito los criterios médicos del alta (fundamentación).

2

Aportar informes médicos de parte

Presentamos informes de médicos privados que acrediten que no estás recuperado.

3

Reclamación previa

Presentamos reclamación ante el INSS, mutua o servicio de salud.

4

Demanda judicial

Si deniegan, interponemos demanda en el Juzgado de lo Social.

Motivos válidos para impugnar un alta médica

  • Persistencia de síntomas o lesiones que impiden trabajar.
  • El alta se basa en un error de diagnóstico o valoración.
  • No se han agotado los tratamientos necesarios.
  • Se necesita rehabilitación adicional no completada.
  • Existen secuelas que requieren seguimiento médico.
  • El alta fue por incomparecencia injustificada (pero tenías causa justificada).
  • Se ha alcanzado el plazo máximo sin mejora real.

¿Qué conseguimos si ganamos la impugnación?

  • Nulidad del alta médica: Se declara que el alta fue improcedente.
  • Reanudación de la incapacidad temporal: Vuelves a estar de baja médica.
  • Pago del subsidio de IT: Cobras los días que estuviste dado de alta indebidamente (desde el alta hasta la sentencia favorable).
  • Continuidad del proceso: El expediente sigue su curso normal (prórrogas, posible incapacidad permanente, etc.).

Diferencias entre impugnar alta del INSS y de Mutua

AspectoAlta del INSS (contingencia común)Alta de Mutua (contingencia profesional)
Órgano competenteINSSMutua colaboradora
Reclamación previaAnte el INSSAnte la Mutua
Demanda judicialJuzgado de lo SocialJuzgado de lo Social
PlazosMismos plazosMismos plazos
ComplejidadMedia-AltaAlta (requiere periciales)

Cómo trabajamos tu impugnación

1

Consulta sin compromiso

Analizamos tu caso y evaluamos las posibilidades de éxito.

2

Recopilación de informes médicos

Obtenemos toda la documentación clínica y solicitamos informes periciales.

3

Reclamación administrativa

Presentamos la reclamación previa con todos los informes.

4

Vía judicial si es necesario

Interponemos demanda y aportamos prueba pericial médica.

Documentación necesaria

  • DNI/NIE del solicitante
  • Informe de alta médica (el que quieres impugnar)
  • Historial clínico completo (informes médicos, pruebas, etc.)
  • Informes periciales de médicos privados
  • Vida laboral actualizada
  • Contrato de trabajo (si aplica)

Casos de éxito recientes

Alta médica por lumbalgia → Reanudación de IT por 6 meses más

Nuestro cliente, con hernia discal, recibió alta médica a los 4 meses. Aportamos informes periciales de un traumatólogo que acreditaban la persistencia de limitaciones. El Juzgado de lo Social de Granada anuló el alta y reanudó la baja por 6 meses adicionales, abonando al cliente 8.000€ en atrasos.

Alta por transcurso de plazo máximo → Reconocimiento de incapacidad permanente

Un cliente con enfermedad neurológica recibió el alta al cumplir 18 meses de IT. Impugnamos y, tras las pruebas periciales, se reconoció que no podía trabajar. El proceso derivó en incapacidad permanente total con pensión vitalicia.

Preguntas frecuentes sobre Impugnación de Altas Médicas

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un alta médica?
Tienes 4 días para solicitar el informe médico detallado del alta y 15 días para presentar reclamación previa. Es fundamental actuar rápido. Si dejas pasar estos plazos, puedes perder el derecho a impugnar. Nosotros nos encargamos de todo el proceso contrarreloj.
¿Puedo seguir trabajando mientras impugno el alta médica?
No. Si trabajas mientras impugnas el alta, se entiende que aceptas el alta. Debes permanecer de baja hasta que la justicia decida. Si la impugnación es favorable, se te pagarán los días desde el alta hasta la sentencia como si hubieras estado de baja.
¿Qué pasa si la mutua me da el alta y yo no estoy de acuerdo?
El procedimiento es similar. Debes impugnar el alta dentro de los 15 días siguientes. La mutua suele poner más obstáculos que el INSS, pero con informes periciales sólidos se puede ganar. Nosotros tenemos experiencia en impugnaciones contra mutuas.
¿Necesito un abogado para impugnar un alta médica?
Sí, es muy recomendable. El procedimiento es complejo, los plazos cortos y se necesita prueba pericial médica. Además, en la vía judicial (Juzgado de lo Social) es obligatorio estar representado por abogado. Nosotros gestionamos todo.
¿Atienden casos fuera de Granada?
Sí, atendemos casos en toda España. Gestionamos impugnaciones de altas médicas ante el INSS y mutuas en cualquier provincia. Podemos asesorarte online y realizar todas las gestiones necesarias.

¿Te han dado el alta médica sin estar recuperado?

Impugnamos el alta y luchamos por tu derecho a seguir de baja. Consulta sin compromiso.

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