¿Qué es la Incapacidad Permanente?
La Incapacidad Permanente es una prestación económica de la Seguridad Social que se reconoce a un trabajador cuando, después de haber estado en situación de incapacidad temporal (baja médica) o sin necesidad de ella, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva, que previsiblemente son definitivas y que disminuyen o anulan su capacidad laboral.
En nuestro despacho, con más de 15 años de experiencia en Derecho de la Seguridad Social, hemos ayudado a cientos de personas a obtener la pensión por incapacidad permanente que les correspondía por ley, tanto en Granada como en el resto de España.
Grados de Incapacidad Permanente
La Ley General de la Seguridad Social establece 4 grados de incapacidad permanente, cada uno con diferentes requisitos y cuantías:
Incapacidad Permanente Parcial
Pérdida de al menos un 33% de rendimiento para tu profesión habitual sin impedirte desarrollar otras actividades.
Indemnización únicaIncapacidad Permanente Total
Te inhabilita para tu profesión habitual, pero puedes dedicarte a otra actividad diferente.
Pensión vitalicia (55% base reguladora)Incapacidad Permanente Absoluta
Te inhabilita por completo para cualquier profesión u oficio.
Pensión vitalicia (100% base reguladora)Gran Invalidez
Necesitas la asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida.
Pensión + complemento (hasta 45% más)Requisitos para solicitar la Incapacidad Permanente
Para acceder a una pensión de incapacidad permanente es necesario cumplir con los siguientes requisitos generales:
- Estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social (con ciertas excepciones para personas de baja).
- Periodo de cotización mínimo:
- Para incapacidad derivada de enfermedad común: haber cotizado al menos 1/4 del tiempo comprendido entre los 20 años y la fecha del hecho causante, con un mínimo de 5 años. Además, 1/5 de ese periodo debe estar comprendido en los últimos 10 años.
- Para incapacidad derivada de accidente (laboral o no laboral) o enfermedad profesional: no se exige período mínimo de cotización.
- Encontrarse en situación de incapacidad permanente según la valoración del EVI.
Cómo trabajamos tu Incapacidad Permanente
Consulta inicial sin compromiso
Analizamos tu caso, tu historial médico y laboral para evaluar las posibilidades de éxito.
Preparación de la solicitud
Recopilamos todos los informes médicos, vida laboral y documentación necesaria.
Presentación ante el INSS
Gestionamos tu expediente y acompañamiento al tribunal médico del EVI.
Reclamaciones y recursos
Si es denegado, interponemos reclamación previa y, si es necesario, demanda judicial.
Cuantías de la Incapacidad Permanente
La cuantía de la pensión depende del grado de incapacidad y de la base reguladora del trabajador:
| Grado de Incapacidad | Porcentaje de la base reguladora | Tipo de prestación |
|---|---|---|
| Incapacidad Permanente Parcial | Indemnización única (24 mensualidades) | Pago único |
| Incapacidad Permanente Total | 55% (ampliable a 75% si >55 años y dificultad empleo) | Pensión vitalicia |
| Incapacidad Permanente Absoluta | 100% | Pensión vitalicia |
| Gran Invalidez | 100% + complemento (entre 45% y 75% según normativa) | Pensión vitalicia |
* La base reguladora se calcula sobre las cotizaciones de los últimos 8 años (enfermedad común) o 24 meses (accidente laboral/enfermedad profesional).
Revisión de grado de Incapacidad
Si ya tienes reconocida una incapacidad permanente pero tu situación ha empeorado, puedes solicitar una revisión de grado para que se eleve tu pensión.
- Plazo: Puede solicitarse en cualquier momento si hay empeoramiento de las lesiones.
- Requisito: Acreditar mediante informes médicos la agravación de tu estado.
- Posibles resultados: Mantenimiento del grado, mejora del grado o, en algunos casos, declaración de incapacidad permanente.
Caso de éxito reciente
Nuestro cliente tenía reconocida una incapacidad permanente total, pero su estado empeoró hasta necesitar asistencia de tercera persona. Presentamos reclamación previa que fue denegada, interpusimos demanda en el Juzgado de lo Social de Granada y logramos que se le reconociera la Gran Invalidez, aumentando su pensión en un 65% de complemento.
Preguntas frecuentes sobre Incapacidad Permanente
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