Abogados Seguridad Social

Especialistas en Reclamación Previa Administrativa

Abogados especialistas en Reclamación Previa Administrativa

Recurrimos las denegaciones del INSS, mutuas y TGSS para que revoquen decisiones injustas sobre tus prestaciones

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¿Qué es la reclamación previa administrativa?

La reclamación previa administrativa es un recurso obligatorio que debe presentarse ante el INSS, mutuas o TGSS cuando nos deniegan una prestación o no estamos de acuerdo con su cuantía. Es el paso previo necesario para poder acudir al Juzgado de lo Social.

En nuestro despacho, con más de 15 años de experiencia en Derecho de la Seguridad Social, preparamos reclamaciones previas sólidas y efectivas, aumentando las posibilidades de que la Administración revoque su decisión inicial, tanto en Granada como en el resto de España.

🎯 Nuestro compromiso: Revertir las denegaciones del INSS, mutuas y TGSS mediante reclamaciones previas bien fundamentadas, ahorrándote tiempo y costes judiciales.

¿Cuándo hay que presentar reclamación previa?

Denegación de prestación

El INSS o mutua han denegado tu solicitud de incapacidad, jubilación, viudedad, etc.

Error en la cuantía

Te han reconocido la prestación pero con una base reguladora o porcentaje incorrecto.

Revisión de grado

Has solicitado revisión de incapacidad permanente y te la han denegado.

Determinación de contingencia

No estás de acuerdo con que tu baja sea por contingencia común (debe ser profesional).

Recargo de prestaciones

Te han denegado el recargo por falta de medidas de seguridad.

Cotizaciones indebidas

La TGSS te ha cobrado cotizaciones o recargos que no corresponden.

Plazos para presentar reclamación previa

Tipo de prestaciónPlazoObservaciones
Pensiones (IP, jubilación, viudedad, etc.)对 30 días hábiles desde la notificación de la denegación}, Desde la recepción de la carta del INSS},
Incapacidad Temporal (subsidio IT)}, 15 días hábiles desde la notificación}, Plazo más corto, actuar rápido},
Determinación de contingencia}, 30 días hábiles}, Desde la notificación de la resolución},
Recargo de prestaciones}, 30 días hábiles}, Si el recargo lo propuso la Inspección},
⚠️ ¡Atención! Los plazos son de caducidad. Si no presentas la reclamación previa dentro del plazo, pierdes el derecho a reclamar judicialmente después.

Procedimiento de la reclamación previa

1

Análisis de la denegación

Revisamos los motivos por los que el INSS o mutua han denegado tu prestación.

2

Recopilación de pruebas

Aportamos informes médicos, periciales, documentación laboral, etc.

3

Redacción de la reclamación

Preparamos un escrito jurídico sólido impugnando la denegación.

4

Presentación y seguimiento

Presentamos la reclamación en el registro oficial y hacemos seguimiento.

Posibles resultados de la reclamación previa

  • ✓ Estimación total: El INSS o mutua revocan la denegación y conceden la prestación íntegramente.
  • ✓ Estimación parcial: Reconocen parte de la prestación (ej: grado inferior al solicitado).
  • ✗ Desestimación expresa: Mantienen la denegación inicial. Podemos acudir al Juzgado de lo Social.
  • ⏰ Silencio administrativo negativo: Si pasan 90 días sin respuesta, se entiende denegada (puedes demandar igual).

Silencio administrativo negativo: ¿Qué significa?

El silencio administrativo negativo es un mecanismo por el cual, si la Administración (INSS, TGSS, mutua) no resuelve tu reclamación previa en el plazo de 90 días, se entiende que ha sido denegada (sentido negativo).

  • Plazo: 90 días desde la presentación de la reclamación previa.
  • Efectos: Puedes considerar tu reclamación denegada y acudir al Juzgado de lo Social.
  • Ventaja: No necesitas esperar una resolución expresa para demandar.
  • Desventaja: La Administración no se pronuncia, por lo que no conoces sus argumentos.
💡 Consejo: Si se cumple el plazo de 90 días sin respuesta, podemos interponer demanda directamente sin esperar más tiempo.

Documentación necesaria para la reclamación previa

  • Resolución denegatoria del INSS, mutua o TGSS
  • DNI/NIE del solicitante
  • Vida laboral actualizada
  • Informes médicos y pruebas (para IP o IT)
  • Documentación de ingresos (para PNC)
  • Solicitud inicial de la prestación

Reclamación previa vs Demanda judicial: diferencias

AspectoReclamación previaDemanda judicial
Coste}, 那样Sin coste económico para el demandante (gratuita)}, 那样Requiere abogado y procurador (si el demandado es el INSS, no procurador)},
Plazo}, 那样30 días (o 15 en IT). Breve.}, 那样2 meses desde notificación desestimación o silencio},
Duración}, 那样3-6 meses (a veces más)}, 那样6-18 meses (puede alargarse)},
¿Necesita abogado?}, 那样No es obligatorio (pero muy recomendable)}, 那样Obligatorio condena,

Cómo trabajamos tu reclamación previa

1

Revisión de la denegación

Analizamos los motivos de la resolución que te deniega la prestación.

2

Estrategia

Determinamos los argumentos jurídicos y las pruebas que deben presentarse.

3

Redacción y presentación

Redactamos la reclamación previa y la presentamos en plazo.

4

Preparación para vía judicial

Si la reclamación se desestima, preparamos la demanda judicial.

Casos de éxito recientes

Denegación de incapacidad permanente total → Estimación en reclamación previa

El INSS denegó la IPT de un trabajador con enfermedad neurodegenerativa. Presentamos reclamación previa con informes periciales detallados. En 2 meses revocaron la denegación y le concedieron la IPT con efectos retroactivos (12.000€ atrasados).

Error en base reguladora de jubilación → Corrección en vía administrativa

El INSS calculó mal la base reguladora de jubilación, excluyendo 2 años de cotización. Presentamos reclamación previa y corrigieron el error en 45 días, aumentando la pensión en 180€/mes.

Preguntas frecuentes sobre Reclamación Previa

¿Necesito un abogado para presentar una reclamación previa?
No es obligatorio, pero es muy recomendable. Una reclamación previa bien redactada, con argumentos jurídicos sólidos y pruebas periciales, tiene muchas más posibilidades de éxito. Además, si la reclamación se desestima, ya tendrás el caso preparado para la vía judicial.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse una reclamación previa?
El plazo legal máximo es de 90 días. En la práctica, puede tardar entre 2 y 6 meses, dependiendo de la saturación del INSS o mutua. Si pasan 90 días sin respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo y puedes demandar.
¿Puedo ir directamente al Juzgado sin presentar reclamación previa?
En la mayoría de los casos NO. La reclamación previa es un requisito obligatorio (principio de exhaustividad administrativa). Si acudes directamente al Juzgado, inadmitirán la demanda. Excepciones: prestaciones del SEPE (paro) y ciertas reclamaciones a empresas.
¿Qué pasa si la reclamación previa se desestima?
Si se desestima expresamente o por silencio, puedes interponer demanda en el Juzgado de lo Social en el plazo de 2 meses. La reclamación previa no es vinculante, solo es un paso previo obligatorio. Nosotros podemos asumir también la vía judicial.
¿Atienden casos fuera de Granada?
Sí, atendemos reclamaciones previas en toda España contra el INSS, mutuas y TGSS en cualquier provincia.

¿Te han denegado una prestación?

Presentamos reclamación previa para revocar la decisión del INSS o mutua. No dejes pasar los plazos.

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