¿Qué es el Sistema Especial de Empleados de Hogar?
El Sistema Especial de Empleados de Hogar es un subsistema dentro del Régimen General de la Seguridad Social que regula la protección de las personas que realizan actividades domésticas en el hogar familiar: limpieza, cuidado de niños, mayores o dependientes, cocina, etc.
Desde 2012, los empleados de hogar tienen derechos asimilados a los del Régimen General. En nuestro despacho, con más de 15 años de experiencia en Derecho de la Seguridad Social, defendemos los derechos de los empleados de hogar y asesoramos a los empleadores sobre sus obligaciones, tanto en Granada como en el resto de España.
Derechos de los empleados de hogar
Jubilación
Derecho a pensión de jubilación contributiva con los mismos requisitos que el Régimen General.
Edad: 65-66,5 añosDesempleo
Protección por desempleo desde 2019 (antes solo para cese de actividad).
16 semanas mínimo cotizadasIncapacidad Temporal
Subsidio por baja médica (enfermedad común o accidente).
60-75% base reguladoraIncapacidad Permanente
Pensión por IP si las lesiones son definitivas.
Parámetros adaptadosPrestaciones familiares
Nacimiento, cuidado de menor, etc. Igual que Régimen General.
16 semanasViudedad y Orfandad
Pensiones por fallecimiento del empleado o del empleador en ciertos casos.
Protección completaObligaciones del empleador (titular del hogar familiar)
| Obligación | Plazo | Observaciones |
|---|---|---|
| Dar de alta al empleado | Antes del inicio de la actividad | A través del sistema RED o en la TGSS |
| Cotizar mensualmente | Meses vencidos | Base mínima: 1.200€/mes (según horas) |
| Presentar TC1 y TC2 | Mensualmente | Obligación del empleador (no del empleado) |
| Pagar salarios y cotizaciones | En la fecha acordada | Si no se paga, el empleado puede reclamar |
Base de cotización para empleados de hogar
Las bases de cotización se calculan según las horas trabajadas:
- Por hora: Base diaria = salario real por hora × horas trabajadas.
- Límite mínimo: Base mínima diaria (7,52€ aprox.) para contratos de 1-2 horas/día.
- Límite máximo: 4.500€/mes (igual que Régimen General).
Tipos de contratos para empleados de hogar
- Indefinido (ordinario): El más común. Jornada completa o parcial.
- Fijo-discontinuo: Para actividades estacionales (ej: empleadas que solo trabajan en vacaciones).
- Por obra o servicio: Temporal por causa concreta (ej: cuidar a un familiar durante una convalecencia).
Prestación por desempleo para empleados de hogar
Desde 2019, los empleados de hogar tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo (paro).
Requisitos:
- Haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los últimos 6 años.
- Estar en situación legal de desempleo (fin de contrato, despido, etc.).
- Estar inscrito como demandante de empleo.
Cuantía:
- 70% de la base reguladora (primeros 180 días), 60% después.
- Mínimo: aprox. 560€/mes. Máximo: aprox. 1.225€/mes.
Incapacidad Temporal (baja médica)
Los empleados de hogar tienen derecho al subsidio de IT igual que los trabajadores del Régimen General:
- Días 1-3: No se cobra (salvo mejora por convenio).
- Días 4-20: 60% de la base reguladora (paga el empleador)
- Días 21 en adelante: 75% de la base reguladora (paga el INSS)
Jubilación para empleados de hogar
Los empleados de hogar tienen derecho a la pensión de jubilación contributiva con los mismos requisitos que el Régimen General:
- Edad: 65 años si se cotizan 38 años y 6 meses, o 66 años y 6 meses si menos.
- Período mínimo de cotización: 15 años.
- Cálculo de la base reguladora: últimos 25 años (300 meses).
Cómo trabajamos tu caso
Análisis de cotizaciones
Revisamos tu vida laboral para detectar lagunas o errores.
Regularización de períodos
Solicitamos la regularización de cotizaciones no reconocidas.
Solicitud de prestaciones
Gestionamos tu pensión, paro o baja médica.
Reclamaciones
Si deniegan, recurrimos administrativa o judicialmente.
Documentación necesaria
- DNI/NIE del empleado y del empleador
- Contrato de trabajo (verbal o escrito)
- Vida laboral actualizada (informe de cotizaciones)
- Nóminas o justificantes de pago
- Control horario (si existe)
- Informes médicos (para IT o IP)
Casos de éxito recientes
Una empleada de hogar trabajó 10 años sin estar dada de alta. Reclamamos y la TGSS regularizó el período, permitiéndole alcanzar los 15 años cotizados. Obtuvo la pensión de jubilación con efectos retroactivos de 4 años.
El SEPE denegó el paro a una empleada de hogar porque no llegaba a los 360 días cotizados. Revisamos su vida laboral y encontramos períodos no computados. Se le reconoció la prestación con atrasos de 4.500€.
Preguntas frecuentes sobre Empleados de Hogar
¿Eres empleado/a de hogar y necesitas asesoramiento?
Te ayudamos con tus derechos laborales y de Seguridad Social.
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