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Especialistas en Afiliación y Cotización de Empresas

Abogados especialistas en Afiliación y Cotización de Empresas

Asesoramos a empresas en sus obligaciones con la Seguridad Social: altas de trabajadores, grupos de cotización, bases mínimas y máximas, y reclamaciones

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Obligaciones de las empresas en la Seguridad Social

Las empresas tienen la obligación de afiliar a sus trabajadores, darles de alta y baja, y cotizar por ellos a la Seguridad Social. El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones, recargos y procedimientos de oficio.

En nuestro despacho, con más de 15 años de experiencia asesorando a empresas, te ayudamos a cumplir con tus obligaciones en materia de afiliación y cotización, y defendemos tus intereses ante la Inspección de Trabajo y la TGSS, tanto en Granada como en el resto de España.

🎯 Nuestro compromiso: Que tu empresa cumpla con la Seguridad Social sin pagar de más, optimizando las cotizaciones y defendiéndote en caso de inspecciones.

Número de Afiliación y Código de Cuenta de Cotización

Número de Afiliación

Identificador único de cada trabajador en la Seguridad Social. Se asigna al inicio de su vida laboral y es vitalicio.

Obligación del trabajador

Código de Cuenta de Cotización (CCC)

Código que identifica a la empresa ante la TGSS para el pago de cotizaciones. Cada centro de trabajo puede tener su propio CCC.

Obligación de la empresa

Grupos de cotización por categorías profesionales

Los trabajadores se clasifican en 11 grupos de cotización según su categoría profesional. Cada grupo tiene una base mínima y máxima de cotización.

GrupoCategoría profesionalBase mínima 2026Base máxima 2026
1Ingenieros, licenciados, personal de alta dirección1.800€4.500€
2Ingenieros técnicos, peritos, ayudantes titulados1.500€4.500€
3Jefes administrativos y de taller1.400€4.500€
4Ayudantes no titulados1.300€4.500€
5Oficiales administrativos1.200€4.500€
6Subalternos1.200€4.500€
7Auxiliares administrativos1.200€4.500€
8Oficiales de primera y segunda1.200€4.500€
9Oficiales de tercera y especialistas1.200€4.500€
10Peones1.200€4.500€
11Trabajadores menores de 18 años1.200€4.500€

* Bases orientativas para 2026. Las bases exactas se actualizan anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.

Tipos de contrato y sus cotizaciones

Tipo de contratoBonificaciónDuraciónRequisitos
Contrato indefinido ordinarioSin bonificación general--
Contrato de relevoBonificación en cuota empresarialDurante el relevoJubilación parcial del sustituido
Contrato de formaciónReducción del 100% cuota empresarialHasta 2 añosJoven de 16-25 años
Contrato de prácticasReducción del 50%6 meses - 2 añosTitulación universitaria o FP
Contrato para autónomos económicamente dependientesBonificación específicaVariableIngresos mínimos

Bases mínimas y máximas de cotización 2026

  • Base mínima general: 1.200€/mes (para la mayoría de grupos)
  • Base máxima general: 4.500€/mes
  • Base mínima para ingenieros (grupo 1): 1.800€/mes
  • Base mínima para jornadas parciales: Proporcional a la jornada
⚠️ Importante: Cotizar por debajo de la base mínima es infracción grave y puede derivar en sanción de la Inspección de Trabajo.

Tipos de cotización a la Seguridad Social

ConceptoPorcentaje empresaPorcentaje trabajadorTotal
Contingencias comunes23,60%4,70%28,30%
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionalesVariable (0,60%-7,50%)0%Variable
Desempleo5,50%1,55%7,05%
Formación profesional0,60%0,10%0,70%
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)0,20%0%0,20%
MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)0,90%0,20%1,10%

* Porcentajes orientativos para 2026.

Bonificaciones y reducciones para empresas

  • Contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años: Bonificación de 3.500€/año durante 3 años.
  • Contratación de personas con discapacidad: Bonificación de 4.500€/año (discapacidad ≥33%) o 5.500€/año (discapacidad ≥65%).
  • Contratación de mujeres en sectores subrepresentados: Bonificación de 3.000€/año.
  • Conversión de contratos temporales en indefinidos: Bonificación de 1.500€/año durante 3 años.
  • Contratación de parados de larga duración: Bonificación de 2.500€/año durante 2 años.
💡 Consejo: Muchas empresas desconocen estas bonificaciones. Nosotros te ayudamos a aplicarlas y a reclamar si la TGSS no las ha aplicado.

Obligaciones de la empresa en materia de afiliación

  • Afiliar al trabajador: Solicitar su número de afiliación si no lo tiene.
  • Dar de alta al trabajador: Antes del inicio de la prestación de servicios (máximo 3 días después).
  • Dar de baja al trabajador: En el momento del cese de la relación laboral.
  • Comunicar variaciones de datos: Cambios de jornada, categoría profesional, etc.
  • Cotizar mensualmente: Presentar el TC1 y TC2 y pagar dentro de plazo.

Consecuencias del incumplimiento de obligaciones

InfracciónSanción
No dar de alta a un trabajadorMulta de 3.126€ a 10.000€ por trabajador
No dar de baja a un trabajadorMulta de 625€ a 6.250€ + recargos por cotizaciones indebidas
Cotizar por base inferior a la realRecargo del 20% al 100% + multa
No presentar TC1/TC2Multa de 625€ a 6.250€
No pagar cotizacionesRecargo del 20% + intereses + posible procedimiento de apremio

Procedimiento de oficio de la Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede iniciar un procedimiento de oficio cuando detecta irregularidades en la afiliación o cotización.

  • Fase de instrucción: La Inspección levanta acta y propone sanción.
  • Plazo de alegaciones: 15 días para presentar alegaciones.
  • Resolución: La TGSS dicta resolución confirmando o anulando la sanción.
  • Recurso: Podemos recurrir la resolución ante el Juzgado de lo Social.
⚠️ Importante: Si recibes un acta de la Inspección, no la ignores. Tienes 15 días para alegar. Nosotros te defendemos ante la Inspección y en vía judicial.

Cómo trabajamos tu asesoramiento empresarial

1

Análisis de tu situación

Revisamos tus contratos, altas, bajas y cotizaciones.

2

Optimización de cotizaciones

Te informamos de bonificaciones y reducciones aplicables.

3

Defensa ante inspecciones

Te representamos ante la Inspección de Trabajo y TGSS.

4

Reclamación de cotizaciones indebidas

Solicitamos la devolución de lo pagado en exceso.

Documentación necesaria

  • CIF de la empresa
  • Contratos de trabajo de los empleados
  • TC1 y TC2 de los últimos meses
  • Recibos de salarios (nóminas)
  • Actas de Inspección (si las hay)
  • Notificaciones de la TGSS

Casos de éxito recientes

Acta de Inspección por falta de alta de trabajadores → Anulación de sanción

Una empresa recibió un acta de Inspección por no dar de alta a varios trabajadores, con sanción propuesta de 15.000€. Recurrimos demostrando que los trabajadores eran falsos autónomos. La TGSS anuló la sanción y se reconoció la correcta situación laboral.

Cotizaciones indebidas por errores en el grupo de cotización → Devolución de 25.000€

Una empresa cotizaba a sus ingenieros técnicos por el grupo 9 (peones) en lugar del grupo 2. La TGSS regularizó la situación con recargos. Reclamamos y demostramos que el error fue administrativo. Se devolvieron 25.000€ de cotizaciones indebidas más intereses.

Preguntas frecuentes sobre Afiliación y Cotización

¿Qué plazo tengo para dar de alta a un trabajador?
El alta debe solicitarse antes del inicio de la prestación de servicios, con un máximo de 3 días hábiles después. Si das de alta al trabajador fuera de plazo, puedes enfrentarte a sanciones y recargos.
¿Qué pasa si cotizo por un grupo de cotización inferior al que corresponde al trabajador?
Es una infracción grave. La Inspección puede regularizar la situación con efectos retroactivos (últimos 4 años) y aplicar recargos del 20% al 100% sobre las cotizaciones no pagadas. Además, habrá multa por incumplimiento.
¿Puedo reclamar si la TGSS me ha cobrado cotizaciones indebidamente?
Sí, tienes 4 años para reclamar la devolución de ingresos indebidos a la TGSS. Puede ser por errores en la base de cotización, aplicación incorrecta de bonificaciones, o altas indebidas de trabajadores. Nosotros gestionamos la reclamación.
¿Qué hago si recibo un acta de la Inspección de Trabajo?
Tienes 15 días hábiles para presentar alegaciones. No lo dejes pasar. Nosotros analizamos el acta, preparamos las alegaciones y te defendemos ante la Inspección. Si la sanción es firme, podemos recurrirla ante el Juzgado de lo Social.
¿Atienden casos fuera de Granada?
Sí, asesoramos a empresas en toda España. Gestionamos afiliación, cotización y defensa ante inspecciones en cualquier provincia.

¿Necesitas asesoramiento para tu empresa en materia de Seguridad Social?

Te ayudamos a cumplir con tus obligaciones y a optimizar tus cotizaciones.

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