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Especialistas en Silencio Administrativo Negativo

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Reclamamos cuando el INSS, mutuas o TGSS no responden a tu solicitud de prestación en plazo

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¿Qué es el silencio administrativo negativo?

El silencio administrativo negativo es un mecanismo legal por el cual, si la Administración (INSS, mutua, TGSS) no resuelve una solicitud de prestación dentro del plazo legal establecido, se entiende que la solicitud ha sido denegada a todos los efectos, permitiendo al interesado reclamar judicialmente sin esperar una resolución expresa.

En nuestro despacho, con más de 15 años de experiencia en Derecho de la Seguridad Social, te asesoramos sobre cómo actuar cuando la Administración no responde en plazo, tanto en Granada como en el resto de España.

🎯 Nuestro compromiso: Agilizar tus prestaciones cuando la Administración no responde, acudiendo a la vía judicial si es necesario.

Plazos que tiene la Administración para resolver

Consecuencias del silencio administrativo negativo

Desestimación presunta

La falta de respuesta equivale a una denegación de tu solicitud. Puedes reclamar como si te hubieran denegado expresamente.

Vía judicial abierta

Puedes interponer demanda en el Juzgado de lo Social sin necesidad de esperar una resolución expresa.

Atrasos desde la solicitud

Si ganas el juicio, la pensión se retrotrae a los 3 meses de la solicitud (o al hecho causante).

No vinculante para el INSS

La Administración puede resolver después de forma expresa (estimatoria o desestimatoria), prevaleciendo esa resolución.

¿Qué hacer cuando la Administración no responde?

  • 1. Verifica el plazo: Comprueba si ha transcurrido el plazo legal (generalmente 90 días).
  • 2. Presenta reclamación previa (si aplica): En algunos casos, puedes presentar reclamación previa contra el silencio.
  • 3. Interpone demanda judicial: Puedes demandar directamente ante el Juzgado de lo Social.
  • 4. Solicita certificado de silencio: Puedes pedir al INSS que expida un certificado acreditando que no ha resuelto.
💡 Consejo: No esperes indefinidamente. Si la Administración no responde, es mejor demandar cuanto antes para no perder atrasos.

Plazos para demandar contra el silencio negativo

Tipo de prestación/solicitudPlazo máximoÓrgano competente
Incapacidad Permanente (IP) 90 días (prorrogables 45 días) INSS
Jubilación 90 días (prorrogables 45 días) INSS
Viudedad y Orfandad 90 días INSS
Incapacidad Temporal (subsidio IT)::/td 15 días desde la baja (si paga mutua) o 30 días (INSS) Mutua o INSS
Prestación por nacimiento 30 días INSS
Reclamación previa administrativa 90 días INSS/Mutua
Tipo de procedimientoPlazo para demandarObservaciones
Silencio en solicitud inicial de prestación 那样Se puede demandar en cualquier momento desde el día siguiente al vencimiento del plazo Sin límite temporal claro, pero mejor demandar rápido
Silencio en reclamación previa 2 meses desde el vencimiento del plazo de resolución (90 días) Si pasa el plazo, se entiende desestimada y se puede demandar
Silencio en recurso de alzada 2 meses desde el vencimiento del plazo (3 meses) Igual que reclamación previa

Certificado de silencio administrativo

El certificado de silencio administrativo es un documento oficial que acredita que la Administración no ha resuelto tu solicitud dentro del plazo. Para obtenerlo:

  • Solicítalo por escrito al INSS, mutua o TGSS.
  • La Administración tiene 15 días para expedirlo.
  • No es obligatorio para demandar (se puede acreditar por otros medios, como el sello de entrada).
  • Es muy útil como prueba en el juicio.

Diferencias entre denegación expresa y presunta (silencio)

那样Efectos
AspectoDenegación expresaDenegación presunta (silencio)
Conoces los motivos?} Sí (la resolución explica por qué deniega) No (no sabes por qué te han denegado)
Plazo para reclamar previa 30 días desde notificación 2 meses desde silencio
Carga de la prueba La Administración debe justificar su decisión Tú debes probar que cumples requisitos
Vincula desde la notificación Vincula desde el silencio
⚠️ Importante: En silencio administrativo, al no conocer los motivos de la denegación, tu demanda debe probar que cumples todos los requisitos de la prestación.

Cómo trabajamos tu reclamación por silencio

1

Verificación de plazos

Comprobamos si la Administración ha superado el plazo legal.

2

Obtención de certificado

Gestionamos el certificado de silencio administrativo.

3

Preparación de la demanda

Redactamos demanda contra la desestimación presunta.

4

Seguimiento judicial

Te representamos en el Juzgado hasta la sentencia.

Documentación necesaria

  • Solicitud inicial de la prestación (con sello de entrada)
  • Justificante de presentación (registro)
  • DNI/NIE del solicitante
  • Informes médicos (para IP)
  • Vida laboral
  • Certificado de silencio (si lo tienes)

Casos de éxito recientes

Silencio del INSS durante 8 meses en solicitud de IPT → Demanda estimatoria

Un cliente solicitó IPT y el INSS no respondió en 8 meses. Demandamos por silencio administrativo. El Juzgado de lo Social estimó la demanda y reconoció la IPT, condenando al INSS al pago de atrasos desde los 3 meses de la solicitud (15.000€).

Reclamación previa sin respuesta durante 6 meses → Demanda por silencio

El INSS denegó la jubilación, presentamos reclamación previa y no respondió en 6 meses. Demandamos por silencio. El Juzgado estimó la demanda, reconociendo la jubilación con efectos retroactivos de 2 años.

Preguntas frecuentes sobre Silencio Administrativo

¿Cuánto tiempo tiene el INSS para resolver mi solicitud de incapacidad?
El plazo legal máximo es de 90 días (prorrogables 45 días más). Si pasados 135 días no has recibido respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo. Puedes reclamar o demandar directamente.
¿Puedo demandar directamente sin esperar la resolución expresa?
Sí, una vez superado el plazo legal (90-135 días), puedes interponer demanda en el Juzgado de lo Social sin necesidad de esperar más. Debes acreditar que presentaste la solicitud en plazo y que no ha habido respuesta.
¿Qué ventaja tiene demandar por silencio en lugar de esperar?
Demandar por silencio acelera el proceso. Si esperas una resolución expresa, puedes perder meses o años. Además, si ganas, los atrasos se cuentan desde los 3 meses de la solicitud, por lo que no pierdes económicamente.
¿Se puede reclamar contra el silencio sin abogado?
Para presentar la demanda judicial es obligatorio contar con abogado. Nosotros te representamos en todo el proceso. Para la reclamación previa (si aún no has superado el plazo) puedes hacerlo sin abogado, pero es muy recomendable tener asesoramiento.
¿Atienden casos fuera de Granada?
Sí, gestionamos reclamaciones por silencio administrativo ante el INSS, mutuas y TGSS en toda España, presentando demandas en los Juzgados de lo Social correspondientes.

¿Llevas meses esperando respuesta del INSS?

No esperes más. Podemos demandar por silencio administrativo y agilizar tu prestación.

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